El Gobierno Nacional aprobó una nueva tabla para calcular la incapacidad permanente por accidentes o enfermedades laborales. ¿Desde cuándo entra en vigencia?
A partir de febrero de 2026 entrará en vigencia una nueva Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales (baremo), que reemplaza el Anexo I del Decreto 659/96.
Esta normativa, aprobada mediante el Decreto 549/2025, será de aplicación obligatoria para todas las determinaciones de incapacidad no resueltas en sede administrativa como judicial.
Nuevo Baremo Decreto 549/2025
El objetivo central de la reforma es modernizar y unificar los criterios de evaluación del daño psicofísico derivado de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales. La nueva tabla busca:
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- Actualización científica: Incorpora avances tecnológicos, médicos y ergonómicos, superando la obsolescencia del baremo de 1996.
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- Unidad de criterio: Garantiza la uniformidad en las pericias médicas, dando respuesta a los señalamientos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre la necesidad de aplicar un mismo baremo para asegurar el trato igualitario y la seguridad jurídica.
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- Objetividad: Busca una evaluación más precisa y menos sujeta a criterios discrecionales, lo que podría incidir en una disminución de la litigiosidad.
Además, el decreto faculta a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) para dictar las normas complementarias y establece un cronograma de capacitación para profesionales.
Una preocupación clave para los sindicatos es que el nuevo sistema, bajo el pretexto de modernizar y unificar criterios, podrían implementar una nueva tabla que reduzca los porcentajes de indemnización para las lesiones más comunes.
Como habíamos anticipado en nuestro blog, ya se venía trabajando en una actualización del baremo laboral y la sanción del nuevo decreto confirma la noticia.
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Puntos clave para la práctica profesional:
- Vigencia y aplicación: La nueva tabla será aplicable a partir de febrero de 2026 para todos los expedientes en curso. Esto requiere una revisión estratégica de los casos pendientes.
- Fundamentación de pericias: La incorporación de nuevos criterios exige a los peritos médicos y a los letrados fundamentar los dictámenes y las impugnaciones considerando los avances científicos que la nueva norma pretende reflejar.
- Posible litigiosidad inicial: Es previsible que la implementación de un nuevo baremo genere interrogantes jurisprudenciales y la solicitud de inconstitucionalidad de la parte trabajadora. Estar al tanto de las primeras interpretaciones de los tribunales será crucial.
Se recomienda a los colegas analizar en detalle el Decreto 549/2025 y sus considerandos para comprender plenamente el alcance de esta modificación y su impacto en la defensa de los derechos de los trabajadores.