A partir de febrero de 2026, los trámites ante las Comisiones Médicas de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) tienen cambios importantes. El objetivo es que los procesos sean más ágiles, pero esto nos obliga a ser mucho más precisos al inicio de cada reclamo.
¿De qué se trata esta reforma? Aquí te resumimos los puntos clave para que no te pierdas nada.
1. Todo «sobre la mesa» desde el primer día
Este es el cambio más fuerte: toda la prueba debe presentarse en el primer escrito.
- Si tenés estudios médicos, historias clínicas de tu obra social o documentos particulares, debés presentarlos al iniciar el trámite.
- ¡Cuidado! No se admitirán pruebas más adelante, a menos que sea un «hecho nuevo» que no podías conocer antes. Si no lo presentás de entrada, podrías perder la oportunidad de usar esa prueba.
2. Formularios Obligatorios
Para evitar idas y vueltas, la SRT aprobó nuevos formularios de datos mínimos. Ahora, para iniciar cualquier trámite (ya sea por la Res. 179/15 o la 298/17), es obligatorio completar estos modelos. Esto busca que la información sea uniforme y que no falte nada para que el médico pueda evaluar el caso.
Al final del artículo podés descargar estos formularios de la Resolución SRT 5/2026.
3. Más poder de orden para los médicos
Los profesionales médicos de las Comisiones ahora tienen instrucciones claras para:
- Rechazar pruebas innecesarias: Si una prueba es redundante o solo sirve para demorar el trámite, el médico puede descartarla.
- Focalizarse en lo importante: En sus dictámenes, solo están obligados a valorar las pruebas que sean «esenciales y decisivas».
4. Tiempos y Prórrogas
El plazo para resolver sigue siendo de 60 días, pero la Comisión Médica ahora puede extenderlo por 30 días hábiles más (por única vez) si necesitan producir más pruebas o realizar diligencias especiales para aclarar qué pasó en el accidente.
5. El rol del Secretario Técnico Letrado (STL)
Cuando el conflicto no sea médico (por ejemplo, si se discute si el accidente ocurrió o no en el trabajo), el médico derivará el caso al Secretario Técnico Letrado para que resuelva la cuestión legal de inmediato.
Conclusión: La clave de esta resolución es la anticipación. Ya no se puede «ir viendo» qué pruebas sumar en el camino; hay que ir a la primera audiencia con el expediente completo y bien armado.
DESCARGÁ LOS FORMULARIOS DE LA RESOLUCIÓN SRT 5/2026
