Fallo Oliva: La Corte Suprema de Justicia resolvió en contra de la capitalización anual del Acta CNAT 2764

El decisorio lleva la firma de los magistrados Maqueda, Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti.

El máximo tribunal hizo lugar al recurso de la demandada y consideró arbitrario el incremento del capital del 7745,30% al que se arribó luego de capitalizar anualmente desde el año 2015..

Con fecha del 29/2/2024 en los autos “Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Oliva, Fabio Omar c/ COMA S.A. s/ despido”, el máximo Tribunal de Argentina se pronunció contra la aplicación del Acta CNAT 2764.

El fundamento se basó en que «La capitalización periódica y sucesiva de intereses ordenada derivó en un resultado económico desproporcionado y carente de respaldo».

El capital de condena -expresado al 27 de febrero de 2015- arrojaba un total de $ 2.107.531,75 y, conforme surge de las actuaciones principales, con fecha 24 de noviembre de 2023 se aprobó una liquidación con capitalizaciones anuales progresivas de intereses que elevó año a año la condena a un total de $ 165.342.185,66.

Este cálculo representaba un incremento del capital del 7745,30%.

De tal manera, las acumulaciones de intereses cuestionadas implicaron multiplicar de forma repetitiva el resultado de las tasas activas efectivas aplicadas y excedieron sin justificación cualquier parámetro de ponderación razonable (cfr. pauta del artículo 771 del mismo código).

¿Qué es el Acta CNAT 2764?

Desde el 7 de septiembre de 2022 la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo introdujo cambios en la forma de calcular intereses y esta decisión se plasmó en el Acta CNAT N° 2764.

La misma resolvió conservar las tasas de interés fijadas en las Actas CNAT Nros. 2601/14, 2630/16 y 2658/17 pero incorporó la capitalización anual de intereses desde la notificación de la demanda judicial de acuerdo al art 770 inc B del NCCC.

La decisión de la CNAT buscó evitar que la inflación acaecida desde el hecho y durante el curso del proceso termine por «licuar» los créditos laborales del trabajador.